Proyecto de investigación sobre el absentismo escolar
Absentismo escolar
Índice
Introducción
Aspectos importantes
2.1. Definiciones
2.2. Marco contextual de las personas jóvenes
2.3 Cambios psicológicos y sociales
Marco normativo
Seguridad social
Servicios sociales
1.Introducción
Aunque este no es un problema nuevo, es un fenómeno cada vez más evidente en España y existe desde hace muchos años. Sin embargo, en los últimos años, las estadísticas elaboradas por el INEE muestran cómo se ha desarrollado este fenómeno. España se sitúa en uno de los países de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos) con mayores tasas de absentismo escolar en comparación con otros países. Cada vez preocupa más al sector de la educación y los departamentos de la administración pública.
El absentismo siempre ha sido considerado un problema social, de hecho, provoca que los menores abandonen la escuela prematuramente y que pierdan la motivación para asistir, lo que puede desembocar en incidentes aún más graves como problemas sociales, familiares y culturales. Siempre asociamos este fenómeno con el entorno escolar, es decir, un problema educativo que solo afecta a escuelas y docentes, pero en muchos estudios e investigaciones se ha demostrado que es un problema relacionado con el principal factor de la educación, la familia. Otro factor importante que influye en el absentismo son los grupos de compañeros, los cuales se convierten en un apoyo fundamental, generando dinámicas y comportamientos que les afectan negativamente, creando patrones de conducta inapropiados que hacen que las familias y las escuelas sean una amenaza para ellos, lo que lleva a los ya mencionados abandonos prematuros.
2. Aspectos importantes
2.1. Definiciones:
Adolescencia: Momento del ciclo de vida humano, que comprende desde el comienzo de la adolescencia (que marca el final de la infancia) hasta el comienzo de la edad adulta (la finalización del desarrollo biológico).
Juventud: Según la ONU la juventud son todas aquellas personas que se encuentren entre los 15 y los 24 años de edad. El concepto de juventud es un término que deriva del vocablo latino iuventus, permite identificar al periodo que se ubica entre la infancia y la adultez.
Marcadores de los jóvenes: Llamamos marcadores a aquellos elementos que integran y definen la juventud en este caso, generalmente se refiere a aspectos coloquiales y formales de sus vidas y forma parte de la identidad de las personas. Podemos considerar que son marcadores de transversalidad y diversidad : la edad, las características que se manifiestan en relación al género, la pertenencia familiar, cultural, étnica, la residencia geográfica, etc. Serían marcadores de la posición en la estructura social: el estrato económico-social, la ubicación en el sistema escolar, la inserción laboral, la maternidad y paternidad. Marcadores que identifican transiciones claves de las trayectorias son: el ingreso a la secundaria, a las universidades y los estudios técnicos, el ingreso al mundo laboral.
Desarrollo cognitivo: Según Piaget el desarrollo cognitivo comienza en el nacimiento, y es una combinación entre factores ambientales y los procesos de maduración biológica. La teoría de desarrollo de Piaget describe 4 etapas o fases que son etapa sensoriomotriz, etapa preoperacional, etapa de acciones concretas y etapa de operaciones formales. Se asume que los procesos cognitivos van organizándose de forma progresiva, de tal forma que no es posible adquirir las habilidades propias de una etapa sin haber pasado por la etapa previa. Algunas de las funciones que se han afinado con el proceso evolutivo y que resultan esenciales en este proceso son el lenguaje, el léxico, la memoria, la atención, la percepción y la inteligencia.
Desarrollo biológico: En biología, el desarrollo se refiere a la evolución gradual de diferentes etapas en la vida de un organismo, ya sea unicelular o pluricelular, como animales y plantas. Por tanto, es un concepto de aplicación universal. En el caso de los seres humanos el desarrollo biológico abarca desde la fecundación hasta el envejecimiento y atraviesa las siguientes etapas: prenatal (que va de la fecundación al nacimiento), desarrollo embrrionario, la niñez (desde el nacimiento a los 11 años de edad), adolescencia (desde los 12 a los 17 años), adultez (desde los 18 a los 50 años) y por último la vejez (de los 50 en adelante).
Absentismo escolar: Según la RAE el absentismo es la abstención deliberada de acudir al lugar donde se cumple una obligación. El absentismo es la falta de asistencia continuada a la escuela de un alumno en edad de escolarización obligatoria, ya sea por propia voluntad, por causa de la despreocupación o excesiva protección de sus padres (…) o bien por reiteradas expulsiones de la clase. Garfella, Gallardo y Sánchez (2001, p.27)
2.2 Marco contextual de las personas jóvenes
En este mapa nos encontramos con los niveles de absentismo escolar en todo el territorio Español. Podemos observar los distintos niveles de absentismo escolar por Comunidades Autonómicas, estando Castilla y León entre los 12.9 y los 19 puntos, por lo que diríamos que no presenta una alta tasa de absentismo en relación a las demás Comunidades, sin embargo podemos ver que podrían mejorarse estos niveles. Me ha parecido destacable que el absentismo sea mayor en las comunidades del sur que del norte.
En esta tabla también podemos ver los índices de absentismo escolar comparando los de Castilla y León y España y podemos comprobar que desde el año 2009 hasta el 2019 ha bajado el número de niños que se ausentan de la enseñanza obligatoria.
Nos encontramos ante una estadística en la cual podemos observar el absentismo escolar en toda España con la línea azul claro, y por otro lado tenemos la línea azul oscuro que representa los niveles de absentismo escolar de la comunidad de Castilla y León. En ambas podemos comprobar al igual que en la tabla, que el índice de absentismo se ha visto reducido en los últimos años.
2.3. Cambios psicológicos y sociales
Los cambios psicológicos:
Fundamentalmente vienen determinados por lo que se denomina la “imagen
corporal”, siendo esta la representación mental que cada individuo posee acerca de su
propio cuerpo, constituida a través de su experiencia sensorio‐motora, afectiva y
simbólica. Esta imagen está sujeta a la influencia de varios factores como son:
a) En la pubertad, los cambios corporales son muy rápidos y a veces bruscos en
cuanto a la alteración de la imagen corporal, resultando difícil la integración de
los mismos y pudiendo llegar a sentir el cuerpo como algo extraño y ajeno a él.
b) La apariencia física es una gran preocupación para el adolescente. Además el
adolescente ha de enfrentarse con las formas y destrezas físicas establecidas
culturalmente como idóneas. El apartarse de las normas idealizadas
(estereotipos masculinos y femeninos), resulta perturbador para el adolescente
e influirá en la forma en que se vean a sí mismos distorsionando su imagen. Si
la imagen corporal es positiva (cuando se adapta al modelo socialmente
aceptado), se tendrán sentimientos de seguridad y autoconfianza. Si la imagen
corporal es negativa (cuando no se adapta al modelo socialmente aceptado)
puede haber un mayor retraimiento en las relaciones, inseguridad y
autodesvalorización.
c) Es frecuente la preocupación por: el peso, la estatura, el tamaño del pecho, los
testículos y del pene.
d) La percepción del propio cuerpo no siempre coincide con la realidad objetiva,
por ello es un momento evolutivo sensible a desórdenes de comportamiento
complejos como la anorexia o la bulimia.
e) Las nuevas capacidades funcionales que tiene que asumir como las
menstruaciones, las erecciones, la reproducción. Para ello es necesario que se
le transmita la información y actitudes adecuadas.
f) El factor edad de inicio de la pubertad es importante en cuanto a que puede
presentar para el chico‐a, tanto si es una pubertad precoz como si es una
pubertad retrasada, que se sientan distintos a los demás y esto puede ser
negativo si afecta a la autoestima y a la imagen de sí mismo.
Cambios sociales:
-Respecto del ámbito familiar:
1) No todos los ámbitos familiares favorecen por igual la autonomía de los hijos al
llegar a la adolescencia. Los datos de diversos estudios nos muestran que los
adolescentes más autónomos proceden de familias con padres que practican
una disciplina intermedia entre lo permisivo y lo punitivo.
2) La emancipación del adolescente es conceptuada por Ausubel (1952) como un
proceso de “desatelización”, es decir, como una salida del adolescente de la
órbita de influencia, del grupo de iguales; es decir, que se pasa de una
-Respecto del ámbito de los iguales:
1) Respecto al ámbito de iguales y a una amistad con alguien, constituye una
experiencia decisiva para el adolescente. La amistad le posibilita compartir sus
sentimientos, dudas, temores y proyectos con otras personas que les
comprenden.
2) Según Coleman (1974), la amistad es vivida de forma diferencial, las chicas la
viven con más ansiedad, celos y conflictos que los chicos.
3) Para resolver las situaciones conflictivas de las relaciones interpersonales,
Coleman formula la “teoría focal”, que ante la ansiedad que supone la
resolución de varios conflictos simultáneos ante los que es necesario responder
y solucionar, considera que el adolescente se debe enfrentar a una sola
cuestión y cuando se tenga la solución, pasar a la siguiente, así las tensiones de
adaptación no se dan a la vez.
4) Ante una situación problemática, el adolescente, según Eriksón, debe tener en
cuenta lo que denomina como “moratoria psicosocial”, esta consiste en darse
tiempo para pensar antes de decidir ante un problema, asumiendo varios roles
sin responsabilizarse en el mismo, pero puede así experimentar con ellos antes
de decidir.
3. Marco normativo
La preocupación por la realidad de los menores en el ámbito internacional se inició de forma temprana, pero este interés no se manifestó en la aprobación de un
texto legal internacional hasta 1924, cuando se aprueba la Declaración de Ginebra
sobre los derechos del niño. Se trata de un reconocimiento internacional de los derechos del menor a una asistencia material, en la que quedan resueltas sus necesidades más elementales, relativas a la propia subsistencia de la persona; por ello, se encuentran referencias al derecho de alimentos, el deber de socorrer al menor en primera instancia o el derecho de educación.
Con posterioridad, el 10 de diciembre de 1948 la Declaración Universal de los
Derechos Humanos amplía esta protección por cuanto que reconoce a la infancia el
derecho a cuidados y asistencias especiales, lo que se verá también proclamado después en el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos de 19 de diciembre de 1966.
Ahora bien, será la Declaración de los Derechos del niño de 20 de noviembre de
1959 la que configure una nueva perspectiva en la actuación para la tutela de los
menores, facilitando un significativo avance en el reconocimiento internacional de
los derechos del niño.
Más recientemente, la Convención de los Derechos del niño de 20 de noviembre
de 1989, ratificada por España el 30 de Noviembre de 1990, se establece sobre los
valores y principios de los anteriores textos internacionales. Los estados firmantes se
comprometen a satisfacer las necesidades básicas de la infancia, proporcionando al
niño atención sanitaria, educación y formación, entre otras.
En el ámbito de la Unión Europea, la Carta Europea de los Derechos del niño
de 8 de julio de 1992 configura los principios mínimos necesarios para garantizar a
los menores un ámbito jurídico de libertad y autonomía que contribuye a su formación como personas libres, participativas y comprometidas socialmente, recogiendo
igualmente el derecho a la educación como un derecho fundamental de la infancia.
La normativa referente al absentismo escolar en España se encuentra vinculada a
la determinación del derecho a la educación y al establecimiento de la escolarización obligatoria. En este sentido, la generalización de la educación básica ha sido tardía
en nuestro país. Aunque la obligatoriedad escolar se promulgó en 1857, en 1964 se
extendió desde los 6 a los 14 años, y la Ley General de Educación de 1970 supuso el
primer intento de modernización de nuestro sistema educativo. Con el establecimiento de la democracia, la jerarquía de normas en España tiene en su cima a la
Constitución.
La Constitución Española de 1978, dentro de su Título Primero dedicado a los
derechos y deberes fundamentales, sitúa el derecho a la educación en la Sección
Primera, dentro de los derechos fundamentales y libertades públicas. El artículo 27.1
estatuye que “todos tienen derecho a la educación”, especificando en su apartado 4
que “la enseñanza básica es obligatoria y gratuita”.
Este compromiso es desarrollado por la Ley Orgánica 8/1985 de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, que reconoce el derecho de todos los ciudadanos a una educación que asegure el desarrollo de su personalidad y promueva el
principio de la igualdad de oportunidades sin ningún tipo de discriminación. En su
artículo 1.1 se menciona el derecho de todos los españoles a la educación, y que ésta
será obligatoria y gratuita para los niveles que la ley establezca, indicando su Disposición Adicional Segunda que las Corporaciones Locales cooperarán con las Administraciones Educativas en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.
La Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, contiene una referencia explícita al problema del absentismo escolar al incluir en el artículo 13, dentro de las obligaciones de los ciudadanos en relación con la protección
de los derechos de los menores, la siguiente: “2. Cualquier persona o autoridad que
tenga conocimiento de que un menor no está escolarizado o no asiste al centro escolar de forma habitual y sin justificación, durante el período obligatorio, deberá
ponerlo en conocimiento de las autoridades públicas competentes, que adoptarán las
medidas necesarias para su escolarización.”
La Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación, deroga la LGE, la LOGSE, la LOPEGCE y la LCE, y establece en su artículo 3.3 que la enseñanza básica
comprende la educación primaria y la educación secundaria obligatoria y en su artículo 4.1 que esta enseñanza es obligatoria y gratuita.
Avanzando en la normativa que pone en funcionamiento medidas concretas para
garantizar la escolaridad obligatoria, la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las
bases del Régimen Local, modificada por las Leyes 11/1999 y 57/2003, de medidas
para la modernización del Gobierno Local, atribuye a los Municipios, en su artículo
25, entre otras competencias, la de cooperar y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria, otorgando a las Diputaciones Provinciales en
su artículo 36, la asistencia a los Municipios en el establecimiento y adecuada prestación de los servicios públicos mínimos.
Del marco normativo del Plan de Prevención y Control del Absentismo Escolar 2005-2007 de la Junta de Castilla y León, se destaca la siguiente normativa:
Resolución de 17 de mayo de 2010 (BOCyL del 27), de la Dirección General de
Planificación, Ordenación e Inspección Educativa, por la que se organiza la atención
educativa al alumnado con integración tardía en el sistema educativo y al alumnado en situación de desventaja socioeducativa, escolarizado en el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.
DECRETO 51/2007 de 17 de mayo (BOCyL del 23), por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los Centros Educativos de Castilla y León.
Artículo 10. – Deber de estudiar:
1. Todos los alumnos tienen el deber de estudiar y esforzarse para conseguir el máximo rendimiento académico, según sus capacidades, y el pleno desarrollo de su
personalidad.
2. Este deber implica:
a) Asistir a clase respetando los horarios establecidos y participar en las actividades
académicas programadas.
Las conductas que no respetan los derechos a recibir la educación están sancionadas por las leyes que rigen la protección del menor:
• Código Penal. Ley 10/1995, de 23 de Noviembre.
• Código Civil. Recoge como órgano fundamental de representación y defensa de los
derechos del menor al Ministerio Fiscal.
• Decreto 57/1988, de 7 de abril, sobre Protección de Menores.
• Ley Orgánica 4/1992, de 5 de junio, sobre Juzgados de Menores.
• Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
• Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores.
La Competencia Municipal de velar por el cumplimiento de la educación obligatoria está contemplada en la siguiente normativa:
• Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local 7/85, de 2 de abril de 1985 (BOE de 3 de abril).
• Real Decreto 2274/1993, de 22 de diciembre, de Cooperación de las Corporaciones Locales con el Ministerio de Educación y Ciencia (BOE 22 de enero de
1994).
Plan Marco de Atención Educativa a la Diversidad para Castilla y León aprobado mediante Acuerdo de 18 de diciembre de 2003, de la Junta de Castilla y León.
Plan de Prevención y Control del Absentismo Escolar 2005-2007 de la Junta de Castilla y León aprobado, aprobado mediante Orden de 21 de septiembre de 2005.
4. Seguridad social
Es necesario saber qué diferencias hay entre la seguridad social y los servicios sociales, ya que aunque comparten una función social, podremos comprobar que tanto sus competencias, como sus prestaciones presentan ciertas diferencias. Así mismo podremos decir del sistema de servicios sociales, que las comunidades autónomas gozan de competencia plena y exclusiva, ya que se integran en el título competencial de la asistencia social (art.148.1.20), en cambio la seguridad social es competencia del estado, así diremos que el estado tiene competencia exclusiva para legislar y las comunidades autónomas para ejecutar esa legislación en territorio autonómico, por lo que en este caso hablamos de una competencia compartida.
En segundo lugar tenemos que las prestaciones que conceden los servicios sociales, tienen el carácter de no contributivas, aunque en algunos servicios la administración puede pedir una aportación al usuario del servicio. En cambio, las prestaciones de la seguridad social han tenido siempre el carácter de contributivas, aunque a partir del año 1990 se reconocieron dentro de este sistema unas prestaciones no contributivas.
Por otro lado, debemos tener en cuenta la fragilidad del sistema de servicios sociales frente a la consolidación del sistema de seguridad social, es frágil porque aún se está caminando hacia el reconocimiento de las prestaciones sociales como verdaderos derechos subjetivos garantizados. En cambio otros derechos sociales como el derecho a la educación, salud, etc. están ya consolidados.
Protocolo de absentismo de la seguridad socoial
En el caso de que un menor escolarizado comience a acumular faltas injustificadas, se activará el protocolo de absentismo. ¿En qué consiste dicho protocolo, y cuáles son los agentes que intervienen en cada paso?
Las pautas a seguir variarán dependiendo de las comunidades autónomas, incluso puede variar de una ciudad a otra de la misma comunidad, aunque, en rasgos generales, sí que podemos determinar los pasos que se siguen y los agentes que intervienen en cada etapa.
Primer nivel
El primer nivel de intervención los constituye el centro escolar. Si se detecta que algún alumno tiene varias faltas injustificadas, el tutor o tutora se encargará de realizar un seguimiento del alumno y de contactar con la familia para investigar la causa de dichas faltas. Es posible que entre el centro escolar y la familia se llegue a un acuerdo mediante diversas pautas en las que el absentismo se dé por solucionado.
En caso de no ser así, el centro escolar comunicará la situación a los Servicios Sociales comunitarios que le correspondan. Esto no es inmediato, en primer lugar, siempre se contactará con la familia para conocer la situación del alumno. Y ante esta situación se propondrán medidas y actividades adecuadas para la reincorporación educativa del menor.
Segundo nivel
En el segundo nivel encontramos la intervención de los Servicios Sociales de referencia. Entre sus funciones destaca el profundizar sobre los motivos que derivan en un absentismo acusado del menor, ya sean de carácter familiar, social o económico. Desde los Servicios Sociales se diseñará una planificación que constará de determinadas acciones que se consideren adecuadas para cada caso específicamente. Y que perseguirán una mejora y una solución al problema del absentismo escolar en este caso.
En todo momento los Servicios Sociales estarán en coordinación con el centro escolar, así como con aquellas instituciones que estén implicadas y sean necesarias para que esta evolución resulte positiva. Dentro de esta etapa puede ocurrir dos opciones: que con el trabajo del centro escolar, los Servicios Sociales, y la familia se consiga reconducir la situación de manera mejorada y el absentismo escolar desaparezca, o bien que el caso se estanque o vaya a peor. En ese caso, se dará paso al siguiente nivel de intervención.
Tercer nivel
Para llegar al tercer nivel se deben de producir varias condiciones como lo son las siguientes:
Haber realizado todas las acciones propias de los Servicios Sociales y el centro educativo este sin obtener resultados en el plazo que se estipule.
Que el absentismo comporte una situación de desprotección del menor (riesgo o desamparo).
La ausencia de cooperación por parte de la familia beneficiaria o la obstaculización al desarrollo de las medidas y actuaciones podrán fundamentar el cese de las mismas y la consideración sobre la posible adopción de otras. Incluida la declaración de desamparo.
La falta de escolarización habitual del menor o que el nivel de absentismo sea igual o superior al porcentaje estipulado en la provincia correspondiente.
Así pues, en el caso que la intervención previa no de los frutos deseados, se pasará a realizar un informe y derivación a la Fiscalía de menores. A partir de ahí, ellos serán los encargados de evaluar la situación familiar del menor. No necesariamente esto implicaría una retirada del menor de sus progenitores.
Debemos de tener en cuenta que siempre se pretende priorizar la estabilidad y la seguridad del menor, por lo que este tipo de decisiones no se pueden tomar a la ligera.
5. Servicios sociales
Organización de programas provinciales de absentismo escolar: Intervención de las Direcciones Provinciales de Educación.
La consecución de los objetivos propuestos requiere la aplicación de una serie de medidas de carácter organizativo, según se indica a continuación.
1.– Aplicación generalizada de programas provinciales de absentismo escolar. Se organizará en cada provincia de la Comunidad el «Programa de Prevención y Control del Absentismo Escolar». Las características de la problemática del absentismo escolar hacen necesaria actualmente la organización de programas provinciales de intervención para articular las medidas de mejora planteadas en el presente Plan.
2.– Desarrollo de actuaciones iniciales. En los primeros momentos de la iniciación de un programa provincial de absentismo se deben llevar a cabo las actuaciones preparatorias pertinentes que aseguren que los centros reciben información detallada sobre las características específicas del programa provincial previsto, las implicaciones de su puesta en funcionamiento, pasos a seguir e importancia de una intervención sistemática y coordinada. Las actuaciones frente al absentismo escolar deben llevarse a cabo de forma conjunta desde múltiples instancias, pero en el ámbito educativo desempeñan un papel fundamental las Direcciones Provinciales de Educación y los centros educativos. En las Direcciones Provinciales de Educación están implicados particularmente en este tema: El Área de Programas Educativos y el Área de Inspección Educativa.
3.– Campañas de sensibilización desde la Dirección Provincial de Educación. En el período previo al comienzo del curso, se debe realizar una campaña provincial de sensibilización e información sobre el Programa de Absentismo Escolar, dirigida a los centros educativos, pero también a las familias y a la sociedad en general. Resultan de particular interés en los primeros momentos de la implantación de este programa a nivel provincial, cuando se introduzcan cambios de consideración o en relación con la evaluación anual de dicho programa.
4.– Medidas preparatorias desde la Dirección Provincial de Educación. Anualmente se enviará el Programa de Absentismo Escolar a todos los Centros de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria. En dicho Programa se incluirán las recomendaciones específicas para ese curso escolar. Para facilitar la preparación de dicho Programa se incluye en el presente Plan: – Procedimiento de intervención de los distintos agentes ante el alumno absentista (Anexo I). – Aclaraciones sobre la utilización de documentación específica (Anexo II). En la primera reunión de la Dirección Provincial con los Equipos Directivos de los Centros, se informará de una manera más pormenorizada del contenido del Programa. Además de las actuaciones iniciales para la organización de un programa provincial de absentismo, se deberá llevar a cabo un conjunto de medidas periódicas o habituales que deberán aplicarse durante el curso escolar para asegurar el buen desarrollo del programa de absentismo.
5.– Organización y actualización de la información. Es necesario elaborar una base de datos para informatizar todos los procesos que lleva consigo el desarrollo del Programa de Absentismo, que incluye: – Relación de alumnos absentistas con los datos educativos y – socio-familiares. – Informes mensuales de Absentismo Escolar por Centros. – Informes individualizados de absentismo de cada alumno. – Certificados de asistencia escolar. – Diferentes modelos de cartas: Primer aviso, primeras horas, – Notificación de la actuación de Policía Municipal, citaciones, felicitación, etc.
6.– Seguimiento periódico del desarrollo del Programa desde la Dirección Provincial de Educación. La Dirección Provincial recibe mensualmente las faltas de asistencia de los alumnos que son objeto de estudio por parte de la Comisión de Absentismo Escolar, se asigna una clave de identificación al alumno, se informatizan estos datos y se elaboran informes mensuales de absentismo por cada Centro. A fin de obtener más información, es conveniente, en algunos casos, establecer cauces de coordinación entre los diferentes responsables de Educación para el absentismo escolar. Esto permite clarificar criterios para proponer medidas en las reuniones mensuales que celebran las Comisiones de Absentismo Escolar.
7.– Funciones de coordinación de la Dirección Provincial de Educación: La Dirección Provincial de Educación coordina todas las actuaciones que se han acordado en la Comisión, tanto las específicas de educación como las de otras instituciones o entidades. Así recibe los partes de la Policía Municipal, dándoles la tramitación oportuna (envío a la familia y a los Centros) y el resumen de actuaciones de otras entidades. En la misma línea, se informa a los Centros Educativos de los acuerdos tomados en la Comisión.
8.– Delimitación de actuaciones de competencia específica de Educación, según han sido acordadas en las comisiones de absentismo escolar, cabe destacar las siguientes: – Recepción de los partes de la Policía Municipal e informes de otras entidades. – Remisión a los Centros de las medidas acordadas en la Comisión y de los resultados de las actuaciones. – Cartas de aviso a la familia sobre el absentismo escolar de su hijo o cartas de notificación a la familia y al centro del parte de la Policía Municipal. – Emisión de certificados de asistencia escolar. – Citaciones a la familia, para entrevistarse con el responsable/s del absentismo en la Dirección Provincial de Educación. – Propuesta de cambio de escolarización. – Elaboración de los informes de los casos derivados a Fiscalía de Menores.
9.– Derivación de casos a Fiscalía de Menores. Cuando en la Comisión Provincial de Absentismo Escolar se acuerda derivar el caso a Fiscalía de Menores, la Dirección Provincial de Educación recogerá los informes de Absentismo emitidos por las diferentes instituciones y entidades que hayan intervenido en dicha situación de absentismo, siendo esta Dirección Provincial la que elabora el informe definitivo de derivación a Fiscalía. Entre los criterios de derivación a la Fiscalía de Menores por parte de la Comisión se tendrá especialmente en cuenta el hecho de que se hayan realizado todas las intervenciones posibles por parte de los Centros Educativos y miembros integrantes de la Comisión, y que se valore que la situación de absentismo escolar está cronificada y que es posible obtener alguna mejora con una medida de este tipo. También se considerará: – Que se produzca el absentismo en varios hermanos o varios miembros de un mismo núcleo familiar o convivencial. – Que, coincidiendo varios hermanos en edad escolar, se produzca el absentismo sólo en uno de ellos y se considere que éste puede ser un modelo negativo para el resto. – Que existan otras problemáticas añadidas que hagan que el absentismo escolar se convierta en un indicador más de una situación de marginalidad social o de desprotección infantil. – Que se trate de un absentismo escolar amparado o ignorado por la familia, sin que exista un deseo expreso de solucionar dicha situación. – Que el Centro Educativo donde esté escolarizado el alumno valore la medida como positiva y necesaria. – Que se esté considerando el tiempo de escolaridad obligatoria que le queda al alumno absentista, ya que, cuanto menor sea el alumno, más relevante resulta el envío del informe a Fiscalía.
10.– Emisión de certificados de asistencia escolar. También desde la Dirección Provincial de Educación se emitirán los certificados de asistencia escolar. En la Comisión de Absentismo Escolar se debe acordar su traslado a las entidades que conceden prestaciones económicas o sociales a familias para su consideración.
11.– Coordinación de la valoración del programa. A finales de curso, en el mes de mayo, se enviará a los Centros Educativos un cuestionario de recogida de datos de absentismo y valoración del Programa de Absentismo Escolar, que contendrá, al menos, los siguientes apartados: – Datos del alumnado que ha sido absentistas y se ha controlado desde el Centro. – Resumen de los datos enviados a la Comisión de Absentismo a lo largo del curso. – Perfil del alumnado absentista del Centro. – Aspectos escolares de este alumnado. – Valoración de los objetivos planteados, de las intervenciones realizadas, resultados conseguidos y las pertinentes propuestas de mejora. Igualmente se enviará otro cuestionario de valoración a las entidades participantes en la Comisión de Absentismo.
12.– Elaboración provincial de la Memoria Anual de Absentismo Escolar a finales de curso y que contemplará, al menos, los siguientes apartados: – Objetivos del programa. – Valoración del programa y propuestas de mejora desde los Centros Educativos de E. Primaria, de E. Secundaria y desde la Dirección Provincial de Educación. – Actuaciones realizadas desde la Dirección Provincial. – Actuaciones realizadas desde otras instituciones y entidades. – Valoración y propuestas de mejora de las entidades colaboradoras y de las Comisiones de Absentismo Escolar. – Datos totales de absentismo en Educación Infantil, en Educación Primaria y en Educación Secundaria. Esta memoria recogerá todas aquellas consideraciones, propuestas de mejora, nuevas estrategias, etc. que permitirán elaborar el Programa de Absentismo Escolar del curso siguiente. Esta memoria anual del Programa será remitida a todos los Centros Educativos.
Medidas de actuación en los Centros Educativos.
En el conjunto de las medidas planteadas, ocupan un lugar central las asignadas a los centros educativos, como instancia educativa directamente competente respecto al control de la asistencia escolar de los alumnos.
1.– Aplicación de medidas preventivas del absentismo escolar. A los centros educativos les corresponde un papel de primer orden en la vertiente preventiva del absentismo proporcionando al alumno una buena acogida, un currículo acorde al nivel del alumno, materiales adaptados, apoyos suficientes, etc. • Organización de Planes de Acogida en los centros con alumnado en situación de riesgo. • Organización de aulas de Adaptación Lingüística y Social para facilitar la acomodación de nuevos alumnos con desconocimiento del Castellano. • Elaboración de programas de currículo adaptado. • Intensificación de actividades extraescolares fuertemente motivadoras. • Previsión de medidas en el marco del Plan de Acción Tutorial. • Coordinación planificada y efectiva entre los centros en las etapas de E. Primaria y de E. Secundaria.
2.– Adopción de medidas de Compensación Educativa. Una serie de acciones planificadas y coordinadas pueden ayudar a que los alumnos de colectivos tradicionalmente absentistas acudan de nuevo al Centro y mantengan una asistencia continuada. Entre ellas destacan las que se orientan a compensar las diferencias de partida y que ayudan a los grupos de riesgo a mantener unos adecuados niveles de integración en el centro.
3.– Adopción de medidas de refuerzo y apoyo educativo, en función de la evaluación de competencia curricular, de la evaluación psicopedagógica o de la evaluación socioeducativa, que incidan positivamente en la motivación del alumno absentista para lograr una asistencia continuada.
4.– Medidas preparatorias del programa de absentismo en el centro. En los Centros Escolares intervienen particularmente en el absentismo: El Equipo Directivo (a través de Jefatura de Estudios, fundamentalmente), los Tutores, los Profesores de Educación Compensatoria, los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica (en Educación Infantil y Educación Primaria) y los Departamentos de Orientación (en los Institutos de Educación Secundaria). Junto a ello, las distintas medidas aplicadas pueden organizarse en tres fases sucesivas: Fase preparatoria del programa de absentismo escolar, fase de desarrollo y fase de evaluación y mejora de las actuaciones. A comienzos del curso se desarrollará la fase preparatoria del programa de absentismo en el centro. La Dirección Provincial de Educación enviará el Programa Provincial de Absentismo Escolar a cada centro educativo de la provincia y en cada uno se desarrollará un proceso de información y de sensibilización inicial, que propicie la toma de conciencia sobre el tema y facilite una actitud positiva de implicación y estrecha coordinación respecto al absentismo escolar. Se proponen los siguientes pasos: – El equipo directivo informa, en el primer claustro, del contenido del Programa con vistas a su aplicación al Centro. – El Jefe de Estudios, por su parte, explica a los tutores, en la primera reunión celebrada, el funcionamiento del Programa y la adaptación del mismo a su centro, fijando ya el oportuno calendario de reuniones. – El centro educativo concreta las medidas sobre el Absentismo Escolar e incluye los objetivos y actuaciones correspondientes en sus diferentes programaciones (Plan de Acción Tutorial, Programa de Compensación Educativa y Plan de Actuación del Profesor Técnico de Servicios a la Comunidad). – El tutor explicará a sus alumnos, en la primera tutoría, la importancia de la asistencia a clase, las consecuencias del absentismo y las medidas previstas por el centro. – Igualmente informará a los padres, en la primera reunión del curso, sobre las medidas y procedimiento que seguirá el Centro frente al absentismo de sus hijos. Con todo ello, se deberá haber cumplido un primer objetivo de que toda la comunidad educativa haya sido informada del plan de acción previsto frente al Absentismo Escolar.
5.– Aplicación de medidas de control del absentismo escolar. Cada profesor deberá reflejar en cada sesión las faltas de asistencia y el tutor es el responsable de recoger periódicamente estas faltas de asistencia de los alumnos de su grupo. El tutor deberá conocer cada caso y realizará las oportunas averiguaciones sobre los motivos de las ausencias a clase de los alumnos. Así, entre las primeras actuaciones se incluirán: La recogida de justificantes, contactos telefónicos con la familia, entrevistas con los padres, entrevistas con el alumno y adopción de todas aquellas medidas personalizadas que estime más oportunas. Se podrán organizar reuniones de los profesores de grupo o ciclo con el Jefe de Estudios, Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica o Departamento de Orientación para valorar las faltas de asistencia. En todo caso, el Tutor, en las reuniones de coordinación de nivel o ciclo o del Equipo de Profesores, informará sobre los casos de absentismo escolar, sobre sus actuaciones y se plantearán las propuestas de intervención pertinentes por parte del Jefe de Estudios, Orientador, Profesor Técnico de Servicios a la Comunidad y Profesor de Compensatoria. Entre las posibles medidas acordadas, se pueden considerar las siguientes: – Comunicación a la familia desde la Jefatura de Estudios informando de las ausencias de su hijo. – Citación a la familia en Jefatura de Estudios, Departamento de Orientación o EOEP correspondiente. – Realización de visitas domiciliarias por parte del Profesor de Compensatoria y/o el Profesor Técnico de Servicios a la Comunidad. – Realización de planes de intervención con la familia, desarrollo de actividades que favorezcan la relación familia-Centro. – Desarrollo de un plan de seguimiento individualizado con el alumno absentista. – Coordinación con otras instituciones implicadas en esta problemática de absentismo (CEAS, Centros de Salud, ONG, Asociaciones Gitanas, etc.).
6.– La utilización de un sistema automatizado para el control de la asistencia permitirá un conocimiento inmediato de la situación del alumno por parte de los distintos responsables de su educación. Este sistema posee importantes ventajas potenciales y debe contribuir a lograr que tanto la familia como los profesores del alumno posean un conocimiento rápido y completo de la dinámica y características de su asistencia a clase, que posibilite, a su vez, una rápida y eficaz toma de decisiones. Destaca la iniciativa Infoeduc@ de la Consejería de Educación, que está aplicándose ya en 133 centros públicos de Educación Secundaria y que permite, entre sus distintas utilidades, el empleo de ficheros informatizados sobre la asistencia escolar.
7.– Intervenciones paliativas específicas mediante un plan de acogida para el alumnado con un absentismo significativo que dé respuesta a sus necesidades educativas específicas.
8.– Derivación de casos a la Dirección Provincial. El Equipo Directivo (Jefatura de Estudios), a propuesta de los tutores, envía a la Dirección Provincial, en los primeros cinco días del mes, el listado de alumnos absentistas. Por otra parte, se derivarán también a la Dirección Provincial aquellos casos de absentismo escolar que no hayan podido ser resueltos por parte del centro o que previsiblemente sean de difícil solución. A la vez, informa de las actuaciones realizadas hasta ese momento (para que no se repitan esas actuaciones desde la Comisión de Absentismo y que se pueda dar una continuidad a las mismas) y de la situación sociofamiliar del alumno. Seguidamente, el Centro Educativo recibirá notificación desde la Dirección Provincial de Educación de las actuaciones acordadas en la Comisión de Absentismo Escolar y procederá a realizar las actuaciones indicadas y llevará a cabo el seguimiento correspondiente. Posteriormente remitirá a la Comisión la oportuna información sobre los resultados de las actuaciones.
9.– Propiciar la implicación familiar a través de la interculturalidad. Se promoverán iniciativas que favorezcan la presencia en el sistema educativo de los colectivos minoritarios como grupo e individualmente: – Incluyendo elementos interculturales (historia, manifestaciones culturales, celebraciones, etc.) que favorezcan su inmersión en nuestra cultura. – Animando la participación de madres y padres en los servicios que ofrezca el Centro y en las actividades extraescolares y complementarias: En el comedor durante el desayuno y la comida, en las acciones de compensación fuera del horario escolar y en aquellas otras derivadas de la iniciativa de cada Centro. – Organizando escuelas de padres y creando talleres para madres y padres (cocina, salud, educación sexual...).
10.– Evaluación final por el Centro. A finales de curso cada Centro realizará la evaluación del funcionamiento del programa de absentismo escolar. En junio enviará a la Dirección Provincial de Educación el cuestionario de los resultados de su actuación, con la valoración del programa y con las propuestas de mejora, en su caso.
Medidas de formación e innovación.
1.– Promover la formación del profesorado y de otros agentes sociales en materia de absentismo escolar. En relación con esta problemática, se centrará la atención en la aplicación de medidas preventivas y de carácter constructivo (por ejemplo, de carácter socioeducativo). Se abordarán los mecanismos de control de la asistencia, pero también se dará conocimiento de las características de la multiculturalidad y sus implicaciones en la dinámica educativa.
2.– Impulsar la actualización didáctica del profesorado de apoyo y especialista, centrada en el profesorado de apoyo de Educación Compensatoria, profesorado de Servicios a la Comunidad, profesorado de Psicología y Pedagogía, etc. en los centros de Primaria y Secundaria.
3.– En el marco de los Planes Provinciales de Formación Permanente del Profesorado, elaborar planes de formación específicos para el personal destinado en centros con elevados índices de absentismo escolar.
4.– Promover la elaboración de materiales específicos de apoyo y de materiales educativos que integren la perspectiva intercultural.
5.– Potenciar el intercambio de experiencias y materiales didácticos a través de los E.O.E.P. y de actividades de formación como seminarios, grupos de trabajo y jornadas en los Centros de Formación e Innovación Educativa (C.F.I.E.).
Previsión de recursos necesarios.
Los Centros que escolaricen alumnado absentista deben disponer de la suficiente autonomía para poner en práctica planes y programas que favorezcan la asistencia de todo su alumnado, contando para ello con el apoyo de la administración educativa. Pueden adoptarse medidas como las siguientes:
• Las Direcciones Provinciales de Educación se responsabilizarán de coordinar el Programa de Prevención y Control del Absentismo Escolar utilizando los recursos necesarios para ello. • Distribuir equitativamente entre los Centros de una misma zona al alumnado perteneciente a poblaciones tradicionalmente absentistas.
• Elaborar una documentación normalizada para el desarrollo del programa de absentismo a nivel provincial desde las distintas instancias.
• Facilitar el desarrollo de actividades extraescolares o complementarias que promuevan la integración de este alumnado.
• Posibilitar la utilización de las instalaciones y recursos de los centros en horario no lectivo para la organización de acciones de compensación educativa y otras actividades culturales y deportivas que resulten motivadoras para este alumnado.
• Favorecer el desarrollo de Programas de apoyo a la Compensación Educativa en los Centros Escolares por asociaciones sin ánimo de lucro fuera del horario lectivo.
• Potenciar la figura del mediador en los programas vinculados al absentismo escolar.
• Considerar la importancia del absentismo escolar en la priorización de actuaciones del profesorado técnico de Servicios a la Comunidad en los Institutos de Educación Secundaria y del profesorado de apoyo de Educación Compensatoria.
• Considerar el índice de absentismo de los centros entre los criterios para la atención preferente a centros por parte de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica.
• Utilizar las dotaciones de Profesores de Educación Compensatoria para mejorar la atención individualizada y en pequeño grupo a los alumnos absentistas mientras no alcancen el nivel curricular correspondiente a su respectivo nivel escolar, así como las de las especialidades de Psicología y Pedagogía y Servicios a la Comunidad necesarias para reforzar a los Centros de Educación Primaria y Secundaria.
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